lunes, 16 de mayo de 2011

DELINCUENCIA , NO SÓLO UN TEMA JUVENIL

Nadie puede dudar que la ciudadanía tiene a flor de piel el tema de la delincuencia no sólo juvenil sino también de los niños/as, lo cual enfatiza la necesidad de tomar ciertos resguardos entre los chilenos. Sin embargo, expertos, defensores públicos, políticos, sicólogos este tema no puede desasociarse de la pobreza y marginalidad con que viven muchos de los jóvenes en nuestro país.
Al respecto la regulación legal de menores ha tenido diversas críticas tanto de la doctrina nacional y observaciones del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, que muestran un desencuentro entre la legislación vigente y las obligaciones de Chile al ratificar instrumento de Derechos Humanos.
La nueva ley sobre responsabilidad penal de los adolescentes, Ley Nº 20.084, publicada septiembre de 2005, que comenzó a regir en 2006, pero se defirió para el 2007, creó un sistema especial de responsabilidad penal para los adolescentes de entre 14 y 17 años, terminando así con el antiguo sistema de imputabilidad y/o inimputabilidad, basado en la declaración judicial sobre el discernimiento del menor.
Se entiende según el proyecto enviado en su momento, a “toda persona que al momento de cometer la infracción a la ley penal que se le imputa, sea mayor de 14 cumplidos y menor de 18 años”.


Entre sus principales pilares está:
  • Establece procedimientos, fiscales y defensores especializados.
  • Establece programas de reinserción.
  • Termina con el trámite de discernimiento.
  • Establece la responsabilidad penal desde los 14 años, distinguiendo dos segmentos: 14 a 16 y de 16 a 18 años.
  • Establece un amplio catálogo de sanciones.
  • Las penas privativas de libertad sólo se establecen para delitos más graves.



Los temas que han sido cuestionados son el fin del examen de discernimiento para adolescentes mayores de 16 años y menores de 18, la disminución de edad límite de responsabilidad penal, de 18 a 14 años.
Entre lo que se destaca es el cambio de enfoque de la justicia juvenil, de un sistema coercitivo a uno orientado a la reinserción social.
Según el mensaje del Ejecutivo al momento de enviar esta ley, señalan que el adolescente no debe responder como adulto, pero si debe hacerlo bajo una normativa especial que reconozca algún grado de responsabilidad (Principio de responsabilidad). Agrega que las conductas punibles y las sanciones a aplicar deben estar definidas en la ley (Principio de legalidad).
El ex presidente Ricardo Lagos, en el Mensaje del Proyecto de Ley (68-347 de 2 de agosto de 2002), plantea que este proyecto se inscribe en el marco más amplio de la adecuación de la leyes y políticas de la infancia y adolescencia a los nuevos “requerimientos jurídicos y sociales (…) y a los principios y directrices contenidos en la Constitución Política de la República, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y demás instrumentos internacionales vigentes en Chile”.
Actualmente en el Congreso existen algunos proyectos que pretenden modificar esta la ley y también incorporar otras normativas relacionadas con seguridad ciudadana, responsabilidad tanto de padres como hijos, dominio de armas de fuego entre otras, con el fin de mejorar la implementación de la ley y encontrar formas para el resguardo social.


DELINCUENCIA JUVENIL V/S DERECHOS HUMANOS






La regulación legal de menores ha sido objeto de profundas críticas por la doctrina nacional y observaciones del , que señalan un desencuentro entre la legislación vigente y las obligaciones de Chile al ratificar instruComité de los Derechos del Niñomento de Derechos Humanos.
Las críticas son en cuanto al modelo del discernimiento caracterizado por la discrecionalidad judicial para apreciar la concurrencia de los elementos subjetivos relativos a la capacidad de culpabilidad.
A un año de la entrada en vigencia de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, Egidio Crotti, representante de Unicef en Chile, señaló en una entrevista realizada por El Mercurio, que no deja de sorprenderse de que los adolescentes aparezcan en medios de comunicación como un elemento perturbador de la sociedad y responsables de la inseguridad pública.
Agrega que antes no había un debido proceso para los infractores menores de 18 años y su juicio era el mismo que para un adulto, ahora existe. Valora que los menores recluidos no estén en cárceles administradas por Gendarmería.
Para Crotti la preocupación está en las condiciones de los centros del Sename, donde los adolescentes cumplen condenas y la internación provisoria (prisión preventiva), las cuales muchas veces no contribuyen a la rehabilitación.

En tanto el senador Andrés Allamand  plasma en una columna publicada en su página web que en lugar de estigmatizar a estos jóvenes, es mejor estudiar las causas que los han llevado a esta realidad. Para empezar, cuando no hay oportunidades laborales, eso acarrea frustración y vagancia, propiciando un ambiente dado a las actitudes violentas. En Chile tenemos un altísimo desempleo juvenil, el que llega a 29,4% en el segmento 15-19 años, según cifras del INE, y a 18,9% en el segmento 20-24 años.
“Otro aspecto que impulsa el crecimiento de las pandillas es la pésima educación en Chile. A nadie debiera sorprender la idea de que una mejor educación es la mejor herramienta para salir de problemas como la pobreza, la droga y las conductas violentas. Sin embargo, la mala calidad de la educación en nuestro país funciona más como un freno que como un impulso de superación y emprendimiento, y hace que muchos jóvenes -al no contar con expectativas- terminen por caer en0 el submundo de las bandas juveniles”, agrega el parlamentario.

Puntualiza el senador que un elemento catalizador es la droga, asociado a ambientes hostiles y de frustración social. En esto, poco han aportado las tareas de prevención de droga, ya que -pese a que los fondos en estos programas han aumentado considerablemente- el consumo de drogas en jóvenes ha permanecido prácticamente sin variaciones, y preocupantemente alto.
Para el diputado Francisco Chahuán la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, constituye un importante avance, ya que para él no resultaba justo ni ecuánime igualar a los adultos y los jóvenes en materia de responsabilidad penal, por lo que se necesitaba esta diferenciación.
Según el parlamentario debiera perfeccionarse, fundamentalmente, lo relativo a los centros de tratamiento y diagnóstico, que son los recintos donde permanecen privados de libertad los jóvenes, ya que considera que hay mucho hacinamiento y, por otra, en muchos casos no se respetan debidamente los derechos de los jóvenes, todo lo cual hace necesario mejorar sustancialmente este aspecto. Dice que otra cosa perfectible es lo que tiene que ver con la rehabilitación y reinserción social de los menores.
"Aun cuando no se puede hablar de errores propiamente tales en la aplicación de la ley, sí se han producido diversas interpretaciones por parte de los magistrados, que muchas veces son contradictorias entre sí. En este sentido, debo señalar que el Fiscal Regional y el Defensor Regional de Valparaíso, nos han hecho llegar algunas proposiciones concretas sobre esta materia, que estamos estudiando para evaluar la posibilidad de presentar los proyectos de ley correspondientes, para evitar estas interpretaciones disímiles", enfatiza Chahuán.
Según un informe de la FLACSO  la correlación entre drogadicción y delincuencia es indiscutida: un 80% de los detenidos consumió algún tipo de droga antes de cometer un delito y, más de la mitad de quienes están recluidos en cárceles son adictos y consumidores de drogas.



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